Cuando los reos se encuentran sujetos a prisión preventiva, aun cuando gocen de libertad caucional, están sub judice y, por tanto, no puede prescribirse la acción penal, a pesar de que se deje de actuar en el proceso por el tiempo que la ley señala para que se opere la prescripción.
Amparo penal directo 3927/38. García Manuel. 9 de septiembre de 1933. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.