La circunstancia de que el infractor no tuvo necesidad de emplear la escala para penetrar a las habitaciones en que cometió el robo, no afectan favorablemente la gravedad del delito, ya que el escalamiento para la invasión de un inmueble, no supone forzosamente el uso de escalas, pues aquél puede verificarse en ausencia de las mismas, usando únicamente las salientes o molduras del edificio.
Amparo penal directo 633/38. Ramírez Romero Salvador. 4 de mayo de 1938. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.