No existe esta calificativa, si no se acredita que el acusado causó intencionalmente las lesiones, después de haber reflexionado o podido reflexionar sobre el delito que iba a cometer.
Amparo penal directo 1390/37. Rosas Francisco C. 11 de febrero de 1938. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.