Respecto al autor intelectual del delito de homicidio, forzosamente hay que convenir en que el delito es premeditado, pues con la concepción del mismo, medios preparatorios y detalles de ejecución, se comprueba plenamente la calificativa de premeditación, puesto que se utiliza a otros agentes como ejecutores; sin que pueda afirmarse lo mismo respecto de las otras calificativas, dado que éstas pueden operarse en el momento mismo de la ejecución del delito, sin que el autor intelectual haya previsto dichas circunstancias de ejecución.
Amparo penal directo 7558/37. Sarmiento Juan E. 24 de marzo de 1938. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.