Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Mostrando solo tesis del 30/03/1938
Tesis
Registro digital: 310635
Época: Quinta Época
Materia(s): Penal
Instancia: Primera Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 30/03/1938 00:00
AUTO DE FORMAL PRISION, FACULTADES DEL JUEZ DEL AMPARO SI NO LLENA LOS REQUISITOS DEL ARTICULO 19 CONSTITUCIONAL.

Si el Juez del amparo, al estudiar el informe justificado de la autoridad responsable y el auto de formal prisión reclamado, encuentra que en éste no se cumplen los requisitos del artículo 19 constitucional, con relación a la presunta responsabilidad del inculpado, debe, en acatamiento de la jurisprudencia establecida por la Suprema Corte de Justicia, apreciar directamente, según su criterio, el valor de las pruebas recibidas, y en vista de ese estudio, conceder o negar la protección federal, pero no ordenar al Juez del proceso que haga dicho estudio y que dicte nuevo auto de formal prisión, y si no procede en aquella forma, la Suprema Corte debe entrar al análisis de los conceptos de violación de garantías omitidos por el Juez.

Amparo penal en revisión 7547/37. Ceceña Enrique T. 30 de marzo de 1938. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.