Si de los elementos que arroja la averiguación previa, no se desprende la presunta responsabilidad del acusado, en virtud de aparecer que obró en legítima defensa de su persona, debe concederse el amparo contra el auto de formal prisión, para el efecto de que la autoridad responsable dicte auto de soltura, con las reservas de ley.
Amparo penal en revisión 7547/37. Ceceña Enrique T. 30 de marzo de 1938. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.