Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 310647
Época: Quinta Época
Materia(s): Penal
Instancia: Primera Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 02/10/1937 00:00
PARRICIDIO, FORMA DE COMPROBAR EL ENTRONCAMIENTO TRATANDOSE DEL DELITO DE.

Para los efectos penales, no es preciso aplicar estrictamente las reglas del derecho civil en materia de parentesco; pues para los fines de la ley represiva, basta que se obtenga la demostración del parentesco por cualquiera de los medios de prueba que en el enjuiciamiento criminal autoriza y, por tanto, si se trata del delito de parricidio, basta que el reo y las demás personas que declaren, estén de acuerdo en que la víctima era el padre del acusado para tener por comprobado el hecho.

Tomo LIV, página 3203. Indice Alfabético. Amparo directo 200/37. Albores Rafael. 21 de octubre de 1937. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Hermilo López Sánchez. Ponente: Rodolfo Chávez S.


Tomo LIV, página 61. Amparo penal directo 2976/37. Velázquez Morales Francisco. 2 de octubre de 1937. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José M. Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.