Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 310730
Época: Quinta Época
Materia(s): Penal
Instancia: Primera Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 13/11/1937 00:00
IMPRUDENCIA, DELITO COMETIDO POR.

Cuando se demuestra que el conductor de un vehículo iba a velocidad exagerada, aunque haya habido un acto imprudente por parte del atropellado, esta circunstancia no exime a aquél de responsabilidad; pues si la falta inicial estaba de parte de la víctima, la determinante del hecho le es imputable al conductor del vehículo.

Amparo penal directo 5370/37. Pinedo Cárdenas Vicente. 13 de noviembre de 1937. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.