Cuando se demuestra que el conductor de un vehículo iba a velocidad exagerada, aunque haya habido un acto imprudente por parte del atropellado, esta circunstancia no exime a aquél de responsabilidad; pues si la falta inicial estaba de parte de la víctima, la determinante del hecho le es imputable al conductor del vehículo.
Amparo penal directo 5370/37. Pinedo Cárdenas Vicente. 13 de noviembre de 1937. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.