Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 310745
Época: Quinta Época
Materia(s): Civil, Común
Instancia: Primera Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 18/11/1937 00:00
INCOMPETENCIA, PROCEDENCIA DEL AMPARO CONTRA EL FALLO DE SEGUNDA INSTANCIA QUE LA RESUELVE.

Conforme al artículo 166 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito y Territorios Federales, la resolución de segunda instancia que declara improcedente la excepción de incompetencia por declinatoria, no admite más recursos que el de responsabilidad, y el Juez de Primera Instancia a quien se declaró competente, sólo podrá decidir en su fallo, sobre la acción intentada, pero no sobre la competencia; y el único conducto a través del cual puede buscarse una reparación legal contra dicha resolución, es el juicio de amparo y, por tanto el Juez Federal debe dar entrada al juicio de garantías.

Amparo civil. Revisión del auto que desechó la demanda 342/37. "Arzuaga y Compañía.", S. en C. 18 de noviembre de 1937. Mayoría de tres votos. Ausente: Daniel Galindo. Disidente: Rodolfo Chávez S. La publicación no menciona el nombre del ponente.