Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Mostrando solo tesis del 11/12/1937
Tesis
Registro digital: 310781
Época: Quinta Época
Materia(s): Administrativa
Instancia: Primera Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 11/12/1937 00:00
TRANSPORTES, SUSPENSION TRATANDOSE DE CONCESIONES DE.

Si se reclama en amparo la autorización concedida a una persona por la Secretaría de Comunicaciones y Obras Públicas, para poner en circulación un carro de transporte en los caminos nacionales, la suspensión debe negarse, puesto que si se concediera, se perjudicaría el interés general, que radica en la necesidad en que se encuentran los vecinos de los pueblos, de obtener comunicación directa con otros centros de población. Por otra parte, la quejosa no sufriría perjuicio con ese nuevo servicio de transporte si, según informa la citada dependencia del ejecutivo, se señalaron al peticionario de la autorización, tarifas prohibitivas para la explotación de determinado tramo, a fin de no lesionar intereses de los concesionarios anteriores en ese propio tramo, entre los cuales se encuentra el quejoso; mas suponiendo que existiera perjuicio con la ejecución del acto, ni aun así procedería conceder la suspensión, porque es de explorada jurisprudencia que el interés individual debe quedar subordinado al interés general.

Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 5825/37. Gutiérrez Agapito. 11 de diciembre de 1937. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Rodolfo Chávez S. La publicación no menciona el nombre del ponente.