La resolución que manda identificar a los procesados, como consecuencia del auto de formal prisión, no les causa perjuicio, pues se trata de un acto procesal que es consecuencia de dicha resolución y si la propia resolución no se encuentra reclamada, sus consecuencias por ellas solas, no pueden ser violatorias de garantías.
Amparo penal en revisión 2775/37. Jorquera Philomere Santiago. 2 de julio de 1937. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Quinta Epoca:
Tomo LI, página 1265. Amparo penal en revisión 6278/36. Campos N. Gaspar. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.