Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 310819
Época: Quinta Época
Materia(s): Común
Instancia: Primera Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 20/07/1937 00:00
SUSPENSION, COSTAS CON MOTIVO DEL INCIDENTE DE DAÑOS Y PERJUICIOS CAUSADOS POR LA.

De acuerdo con los artículo 574 y 575 del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicables supletoriamente, y conforme al artículo 2o. de la Ley Orgánica de la Ley de Amparo, si la parte actora en el incidente sobre reclamación de daños y perjuicios causados con motivo de la suspensión, no procedió con temeridad y mala fe, no debe ser condenada en las costas del incidente.

Queja en amparo civil 117/37. Guízar Ocaranza Carlos. 20 de julio de 1937. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Rodolfo Asiáin. La publicación no menciona el nombre del ponente.