No es indispensable, por regla general, el previo examen del acusado, para dictar un mandamiento de detención; pero si a aquél se le imputa el delito de difamación, por conceptos contenidos en una hoja impresa, en ese caso sí es preciso el examen del propio acusado, o bien, la obtención de pruebas diversas encaminadas a la comprobación de la culpabilidad; y si existe únicamente el citado impreso, la orden de aprehensión que se libre, es violatoria de las garantías constitucionales.
Amparo penal en revisión 1790/37. Dzib José F. 22 de julio de 1937. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.