Para que proceda la libertad por desvanecimiento de datos, es absolutamente indispensable que los fundamentos que sirvieron para presumir la responsabilidad del indiciado, hayan desaparecido en forma absoluta; siendo elemento bastante para que prevalezca el auto de formal prisión, el hecho de que la responsabilidad del acusado se presuma y no que esté acreditada plenamente, y consiguientemente, si esa responsabilidad no ha desaparecido en lo absoluto, no es violatoria de garantías la resolución que niega la libertad por desvanecimiento de datos.
Amparo penal en revisión 2943/37. González López Antonio. 27 de julio de 1937. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.