Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 310892
Época: Quinta Época
Materia(s): Penal
Instancia: Primera Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 26/08/1937 00:00
REPARACION DEL DAÑO.

La reparación del daño debe ser fijada por los Jueces, de acuerdo con las pruebas aportadas al proceso, sobre la extensión del daño que sea preciso reparar y sobre la capacidad económica del obligado al pago.

Amparo penal directo 4503/37. Rossell J. Carmelo. 26 de agosto de 1937. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.