Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 310910
Época: Quinta Época
Materia(s): Penal
Instancia: Primera Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 03/09/1937 00:00
AUTO DE FORMAL PRISION, TRATANDOSE DE UN DELITO QUE PUEDE SER CONSIDERADO BAJO DOS O MAS ASPECTOS Y QUE BAJO CADA UNO DE ELLOS MEREZCA UNA SANCION DIVERSA.

El artículo 59 del Código Penal vigente en el Distrito Federal, determina que cuando un delito puede ser considerado bajo dos o más aspectos y bajo cada uno de ellos merezca una sanción diversa, se impondrá la mayor; lo cual significa que esa estimación ha de hacerse en el acto de imponer la pena que corresponda, como lo establece literalmente dicho artículo y como se desprende del título en que está colocado, relativo a la aplicación de las sanciones y reglas que en ella deben seguirse; y el propio artículo no tiene aplicación al dictarse el auto de formal prisión.

Amparo penal en revisión 3642/37. Rodríguez Silva Fernando. 3 de septiembre de 1937. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.