Suprema Corte de Justicia de la Nación
Resultado 12652 de 329561
Tesis
Registro digital: 2022521
Época: Décima Época
Materia(s): Común
Tesis: VI.1o.A.122 A (10a.)
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 04/12/2020 10:16
NOTARIO TITULAR. LAS ETAPAS O FASES QUE INTEGRAN EL PROCEDIMIENTO PREVISTO EN LA LEY DEL NOTARIADO DEL ESTADO DE PUEBLA PARA OBTENER LA PATENTE RELATIVA, NO SON RECLAMABLES EN EL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO COMO ACTOS DESTACADOS, AL CONSTITUIR UNA UNIDAD.

El procedimiento para la emisión de la patente de notario titular previsto en la Ley del Notariado del Estado de Puebla, en sus distintas etapas o fases, constituye una unidad, atendiendo a que la finalidad perseguida es regular en su integridad el desempeño de la función de orden público delegada por el Estado a través del Ejecutivo, es decir, el acto predominante que trasciende a la esfera jurídica de quien se estima afectado por lo resuelto en el procedimiento de mérito, es el otorgamiento de la patente de notario titular. En ese contexto, las aludidas etapas o fases que lo integran no son reclamables como actos destacados en el juicio de amparo indirecto, por lo que, en todo caso, debe plantearse su ilegalidad como violaciones cometidas en el procedimiento respectivo.


PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL SEXTO CIRCUITO.

Amparo en revisión 504/2019. 30 de septiembre de 2020. Unanimidad de votos. Ponente: Francisco Javier Cárdenas Ramírez. Secretario: Salvador Alejandro Lobato Rodríguez.

Esta tesis se publicó el viernes 04 de diciembre de 2020 a las 10:16 horas en el Semanario Judicial de la Federación.