Si el acusado al conducir un vehículo no obedeció las señales de tránsito, y por ello fue a chocar con otro vehículo, la responsabilidad penal del acusado se evidencia, por no haber respetado las señales fijadas, ni el derecho de vía que el reglamento respectivo concede a la calle por la cual era conducido el vehículo contra el cual fue a chocar, ya que debió haberse detenido o aminorado la velocidad, hasta convencerse de que estaba el paso libre.
Amparo penal directo 2595/34. Berlanga Ramón F. 9 de abril de 1937. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.