Suprema Corte de Justicia de la Nación
Resultado 12483 de 329561
Tesis
Registro digital: 2022623
Época: Décima Época
Materia(s): Civil
Tesis: VII.2o.C.235 C (10a.)
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 15/01/2021 10:16
ACTA DE RECONOCIMIENTO DE UN MENOR. SÓLO ÉSTE TIENE LEGITIMACIÓN PARA PEDIR LA NULIDAD DEL REGISTRO CUANDO SE COMETIÓ EN SIMULACIÓN DE HECHOS, EN CASO DE SENTIRSE AFECTADO POR DICHO ACTO JURÍDICO (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE VERACRUZ).

Es improcedente demandar la nulidad del acta de reconocimiento que se hizo del menor, bajo el argumento de que tal acto se llevó a cabo mediante la simulación para proporcionarle seguridad social, toda vez que únicamente están legitimados para pedir la nulidad de los actos simulados, conforme a una interpretación sustentada en el principio fundamental del interés superior del menor del artículo 2116 del Código Civil para el Estado de Veracruz, los terceros perjudicados con la simulación o el Ministerio Público, cuando dicha simulación se haya cometido en transgresión a la ley o en perjuicio de la hacienda pública; en consecuencia, quien podría solicitar la nulidad del registro de su reconocimiento, por haber sido cometida en simulación de hechos, sería el propio menor en caso de sentirse afectado por dicho acto jurídico pues, en caso contrario, se afectaría el principio de que nadie puede beneficiarse de su propio dolo y se vulneraría el interés superior del infante.


SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL SÉPTIMO CIRCUITO.

Amparo directo 870/2019. 1 de octubre de 2020. Unanimidad de votos. Ponente: José Manuel De Alba De Alba. Secretaria: Rubí Sindirely Aguilar Lasserre.

Esta tesis se publicó el viernes 15 de enero de 2021 a las 10:16 horas en el Semanario Judicial de la Federación.