Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 354139
Época: Quinta Época
Materia(s): Común
Instancia: Tercera Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 03/10/1940 00:00
CAUSAHABIENTES, SU CAPACIDAD PARA PEDIR AMPARO.

No puede considerarse como tercero en los procedimientos de embargo, dictados en contra de una persona, a quién fue señalada como causahabiente de ésta y como parte demandada y, por lo mismo, antes de interponer amparo, debe agotar los recursos ordinarios.

Amparo civil en revisión 6043/39. "Petróleos Mexicanos". 3 de octubre de 1940. Mayoría de tres votos. Disidentes: Agustín Aguirre Garza y Luis Bazdresch. La publicación no menciona el nombre del ponente.