Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 354142
Época: Quinta Época
Materia(s): Civil
Instancia: Tercera Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 07/10/1940 00:00
MENORES, SUSPENSION TRATANDOSE DE LA SENTENCIA QUE ORDENA ENTREGARLOS.

Si se interpone el amparo contra el auto que ordena la entrega de un hijo al marido, sin haber sido oída ni vencida en juicio de divorcio la esposa, puesto que en rebeldía suya se pronunció la sentencia respectiva, y la quejosa alega que no fue emplazada legalmente, debe concederse la suspensión, no obstante la jurisprudencia sentada por la Suprema Corte de Justicia en el sentido de que es improcedente la suspensión cuando se trata de actos que tienden a cumplimentar una sentencia ejecutoria, en la que se establece la verdad legal, porque, en el caso, no se afecta el interés general, ni se contravienen disposiciones de orden público, si se mantiene la situación de hecho en que está colocada la quejosa, con relación a su mejor hijo, esto es, que lo conserve a su cuidado, mientras se decide el fondo del amparo, pues de ejecutarse el acto que se reclama, se causaría a la quejosa un perjuicio de difícil reparación.

Amparo civil. Revisión del Incidente de suspensión 6144/40. Nieto Beatriz. 7 de octubre de 1940. Unanimidad cuatro votos. Ausente: José M. Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.