Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 354845
Época: Quinta Época
Materia(s): Civil
Instancia: Tercera Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 16/01/1940 00:00
REMATES, VIOLACIONES AL PROCEDIMIENTO EN LOS (LEGISLACION DE JALISCO).

El artículo 671 del Código de Procedimientos Civiles de Jalisco, no se refiere ni puede referirse a simples providencias procesales de remate, como las que se dictan en ejecución de sentencia o vía de apremio, mismas que no admiten otro recurso que el de responsabilidad, seguramente porque, por razones de orden público, bien conocidas es al recurrir la respectiva aprobación del remate, cuando deben hacerse valer todas la irregularidades que en los procedimientos preparatorios del mismo pudieron haberse cometido.

Amparo civil en revisión 6814/38. Silva Adolfo. 16 de enero de 1940. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Francisco H. Ruiz. La publicación no menciona el nombre del ponente.