Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 383008
Época: Quinta Época
Materia(s): Laboral
Instancia: Cuarta Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 25/04/1935 00:00
OBREROS, INDEMNIZACION POR INCAPACIDAD TOTAL Y PERMANENTE.

No es procedente conceder la suspensión, cuando el acto reclamado consiste en un laudo que condena a pagar determinada cantidad como indemnización a un trabajador, por incapacidad total y permanente, pues la sociedad y el Estado tienen interés en que las cantidades que por concepto de indemnización se deban a los trabajadores o a sus causahabientes, les sean entregadas a la mayor brevedad posible, a fin de que puedan atender a sus necesidades; circunstancias que equiparan tales prestaciones al pago de alimentos.

Tomo XLIV, página 5524. Indice Alfabético. Incidente de suspensión 3181/34. Bretón Arturo F. 30 de abril de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Salomón González Blanco. Ponente: Xavier Icaza.


Tomo XLIV, página 1659. Amparo en materia de trabajo. Revisión del incidente de suspensión 6688/34. R. Ramírez Jesús. 25 de abril de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Salomón González Blanco.