Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 383045
Época: Quinta Época
Materia(s): Laboral
Instancia: Cuarta Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 04/05/1935 00:00
LAUDOS DE LAS JUNTAS, REPETICION DE LOS.

Si una Junta de Conciliación pronuncia un laudo absolutorio, por no haber justificado el reclamante sus derechos, y meses después, ejercita éste la misma acción y por medio de pruebas diversas, intenta justificar lo que no justificó en la reclamación primera, y la Junta estima esas mismas pruebas y dicta otro laudo condenando al demandado, tal cosa equivale a conceder un término supletorio de prueba posterior a la sentencia y a revocar el laudo de primero para todo lo cual no están facultades las Juntas.

Amparo en revisión en materia de trabajo 4107/34. Empresa de los Ferrocarriles Nacionales de México. 4 de mayo de 1935. Unanimidad de cinco votos. Relator: Octavio M. Trigo.