Teniendo las Juntas de Conciliación amplia soberanía para apreciar las pruebas en conciencia, los Jueces Federales no pueden lesionar aquélla, sustituyendo su criterio al de las Juntas.
Amparo en revisión en materia de trabajo 1028/34. García Pujol Fausto. 8 de mayo de 1935. Unanimidad de cinco votos. Relator: Xavier Icaza.