Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 383280
Época: Quinta Época
Materia(s): Laboral
Instancia: Cuarta Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 18/01/1935 00:00
JUNTAS DE CONCILIACION Y ARBITRAJE, PRUEBAS ANTE LAS.

Comprobado el hecho de la separación de un obrero, es al demandado a quien corresponde probar la causa justificada que, para efectuar tal separación, hubiere tenido, y si falta esta prueba, la Junta, al declarar procedente la acción intentada, no viola las garantías individuales del demandado.

Amparo en revisión en materia de trabajo 2440/25. Ochoa viuda de Mendoza Rosa. 18 de enero de 1935. Unanimidad de cinco votos. Relator: Alfredo Iñárritu.


Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1985, Quinta Parte, Cuarta Sala, página 71, tesis 76, de rubro "DESPIDO DEL TRABAJADOR. CARGA DE LA PRUEBA.".