No es motivo suficiente para no recibir una prueba, que el expediente en donde se encontraba se haya extraviado, pues la autoridad está obligada a ordenar una busca minuciosa.
Amparo en revisión en materia de trabajo 3567/34. Luis Cortés y coags. 14 de febrero de 1935. Mayoría de tres votos. Ausente: Octavio M. Trigo. Disidente: Salomón González Blanco. Ponente: Alfredo Iñárritu.