Su falta establece la presunción de que existe el acto reclamado, mas no las violaciones constitucionales que se le atribuyen.
Amparo en revisión en materia de trabajo 3567/34. Luis Cortés y coags. 14 de febrero de 1935. Mayoría de tres votos. Ausente: Octavio M. Trigo. Disidente: Salomón González Blanco. Ponente: Alfredo Iñárritu.