Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 383372
Época: Quinta Época
Materia(s): Laboral
Instancia: Cuarta Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 21/02/1935 00:00
OBRERO, DOLO DEL.

No debe suponerse el dolo en el obrero, por la sola ejecución del acto que motiva el accidente de trabajo; ni tampoco el mero hecho de desobedecer las órdenes del patrono, puede justificar el dolo, si no constituye, por sí mismo, un acto deliberado y ejecutado con el fin de causar daño a una empresa.

Amparo en revisión en materia de trabajo 14208/32. Compañía Metalúrgica Mexicana. 21 de febrero de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Salomón González Blanco. La publicación no menciona el nombre del ponente.