La fracción XIV del artículo 123 constitucional, no exige que haya una relación causal, inmediata y directa, entre el trabajo desempeñado y el accidente de trabajo; sino que impone al patrono la responsabilidad por los accidentes de trabajo sufridos por los trabajadores, con motivo o en ejercicio de la profesión o trabajo que ejecutan.
Amparo en revisión en materia de trabajo 14208/32. Compañía Metalúrgica Mexicana. 21 de febrero de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Salomón González Blanco. La publicación no menciona el nombre del ponente.