La fracción XXIII del artículo 123 constitucional y el artículo 97 de la Ley Federal del Trabajo, establecen la preferencia de los créditos del trabajador, en los casos de quiebra, concurso o sucesión, por los salarios del último año, excluyendo, por tanto, los relativos a épocas anteriores.
Amparo en revisión en materia de trabajo 5533/33. Márquez José G. 1o. de marzo de 1935. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Salomón González Blanco. Relator: Vicente Santos Guajardo.