Si hay divergencia entre lo aseverado por el trabajador y lo dicho por el patrono, respecto del monto del salario, la carga de la prueba debe recaer sobre el patrono.
Amparo en revisión en materia de trabajo 5231/33. Pantoja Regino. 12 de marzo de 1935. Unanimidad de cinco votos. Relator: Salomón González Blanco.