Si un laudo condena a un patrono a pagar al trabajador determinada suma, de conformidad con el artículo 555 de la Ley Federal del Trabajo, este laudo causa ejecutoria y no puede ser modificado por la misma autoridad que lo dictó.
Amparo en revisión en materia de trabajo 4812/34. Bañales Francisco. 14 de marzo de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Xavier Icaza.