Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 383678
Época: Quinta Época
Materia(s): Laboral
Instancia: Segunda Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 01/09/1933 00:00
JUNTAS DE CONCILIACION, EFECTOS DEL AMPARO CONTRA SUS LAUDOS.

Si la concesión de un amparo se funda en que la empresa quejosa probó que la separación de un trabajador fue justificada y que en el supuesto de que no lo fuera, había prescrito ya la acción de aquél para exigir las cantidades a cuyo pago fue condenada la empresa en el laudo, es inconcuso que siendo los efectos del amparo retrotraer las cosas al estado que tenían antes de la violación, la Junta responsable debe dictar nuevo laudo, absolviendo a la empresa demandada, ya que mientras eso no se haga, subsiste el que dictó condenándola, y, consiguientemente, las cosas quedan en el mismo estado que tenían cuando se cometió la violación.

Queja en amparo en materia de trabajo 199/33. Federico Zorrilla sucesores, S. en C. 1o. de septiembre de 1933. Unanimidad de cinco votos. Relator: Daniel V. Valencia.