Suprema Corte de Justicia de la Nación
Resultado 218447 de 244507
Tesis
Registro digital: 383716
Época: Quinta Época
Materia(s): Laboral
Instancia: Segunda Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 07/11/1933 00:00
FERROVIARIOS, SALARIO DE LOS, EN LOS TRENES MIXTOS ENTRE MEXICO Y CUAUTLA.

Del contrato colectivo de trabajo celebrado entre la empresa de los Ferrocarriles Nacionales de México, S.A., y sus empleados, se desprende, analizando el tabulador para el Ferrocarril Interoceánico, División de Puebla, y División de Jalapa, que en dicho tabulador se asignan los sueldos correspondientes a los maquinistas comprendidos en el mismo, especificándose, en cada caso, que el sueldo mensual será de veintiséis días, pero por lo que se refiere a los dos maquinistas para el servicio de trenes mixtos entre México y Cuautla con sueldo de $450.00 por mes civil, y tiempo extra después de ocho horas, el propio tabulador no especifica, como en los otros casos, si el mes civil debe ser considerado como de veintiséis días.

Amparo en revisión en materia de trabajo 132900/32. Orden de Maquinistas, Fogoneros etcétera. 7 de noviembre de 1933. Mayoría de tres votos. Disidentes: Daniel V. Valencia y José López Lira. Relator: Jesús Guzmán Vaca.