Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 383738
Época: Quinta Época
Materia(s): Laboral
Instancia: Pleno
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 13/05/1933 00:00
JUNTAS DE CONCILIACION Y ARBITRAJE, COMPETENCIA DE LAS.

La competencia de las Juntas de Conciliación y Arbitraje, es, con arreglo al artículo 123 de la Constitución, para conocer de toda cuestión que se refiera al contrato de trabajo, o bien, de conflictos entre el capital y el trabajo; pero no de cuestiones ajenas a él, ya que el precepto general de la primera parte del artículo 123, en el que está incluida la base XX, comprende las leyes sobre el trabajo, y, de manera general, todo contrato de trabajo.

Competencia 316/32. Suscitada entre el Juez Cuarto de Distrito en el Distrito Federal y la Junta Especial número Cinco, de la Central de Conciliación y Arbitraje. 13 de mayo de 1933. Mayoría de diez votos. Ausente: Paulino Machorro y Narváez. Disidentes: Salvador Urbina y Ricardo Couto. La publicación no menciona el nombre del ponente.