Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 383750
Época: Quinta Época
Materia(s): Laboral
Instancia: Segunda Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 03/07/1933 00:00
PERSONALIDAD EN EL AMPARO, EN MATERIA DE TRABAJO.

Si una de las partes litigantes ante una Junta de Conciliación y Arbitraje, reconoce personalidad a un representante de la otra parte, no puede desconocer después esa misma personalidad en el juicio de amparo, debiéndose además, tener en consideración, que cuando una persona ha sido admitida como representante legal de otra, en los procedimientos ante las Juntas de Conciliación y Arbitraje para tramitar los asuntos de su competencia, tal circunstancia basta para que pueda ocurrir al juicio de garantías, con la misma representación que le hubiere sido admitida en el mismo negocio que motiva el amparo.

Amparo en revisión en materia de trabajo 11888/32. Unión Mexicana de Mecánicos y Similares de Los Mochis. 3 de julio de 1933. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Arturo Cisneros Canto.