Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 383764
Época: Quinta Época
Materia(s): Laboral
Instancia: Segunda Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 31/07/1933 00:00
JUNTAS, VIOLACIONES DEL PROCEDIMIENTO ANTE LAS.

Si ante la Junta de Conciliación y Arbitraje, la parte demandada contrademanda al actor y después rinde algunas pruebas, y en el laudo no se estudia la primera, ni se analizan las segundas, el amparo debe concederse, para el efecto de que se subsanen dichas omisiones.

Amparo en revisión en materia de trabajo 1362/30. Compañía Mexicana Molinera de Nixtamal, S. A. 31 de julio de 1933. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Jesús Guzmán Vaca.