La omisión del otorgamiento de la fianza, lo único que motiva es que pueda ejecutarse y llevarse adelante el acto reclamado, pero de ninguna manera entraña consentimiento del acto, ni hay disposición alguna que prescriba el sobreseimiento en el juicio, fundándose en esa omisión.
Amparo civil en revisión 3758/40. Aguirre de Garibay Catalina. 7 de agosto de l941. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Alfonso Francisco Ramírez.