Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Mostrando solo tesis del 07/05/1936
Tesis
Registro digital: 358637
Época: Quinta Época
Materia(s): Administrativa
Instancia: Tercera Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 07/05/1936 00:00
MANDATARIO, PERSONALIDAD DEL, EN JUICIO.

Si el mandatario de una sociedad sólo puede, con ese carácter, representar a su mandante en los actos jurídicos y procedimientos judiciales que le afecten, es claro que cuando tales actos y procedimientos no tienen repercusión en la entidad social que representa ni en sus intereses, no puede reclamarlos en la vía de amparo, porque establecida esta institución para conservar a los quejosos en el goce de las garantías violadas por leyes o actos de autoridad, es presupuesto de la misma esa violación, la cual no puede existir cuando el quejoso resulta persona extraña o inafectada por tales leyes o actos, y aun cuando la igualdad de nombre de la entidad social obligada por los documentos presentados como títulos de la acción y de la que compareció en juicio hubiera dado margen a equivocaciones y a situaciones confusas en el procedimiento, esta circunstancia debe ser impuesta a las partes que intervinieron en el mismo, pero nunca puede dar nacimiento a relaciones jurídicas inexistentes.

Amparo civil directo 3291/34. Manuel Rodríguez, S. en C. 7 de mayo de 1936. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.