Con el levantamiento de un embargo si puede causarse perjuicio de difícil reparación al quejoso, ya que con aquél, está asegurado desde luego el resultado del juicio; y, en consecuencia, contra dicho acto procede conceder la suspensión mediante fianza.
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 1278/36. Dulce de Ríos Laurenzana Leonarda. 9 de mayo de 1936. Mayoría de tres votos. Ausente: José Ortiz Tirado. Disidente: Daniel Galindo. La publicación no menciona el nombre del ponente.