Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 359904
Época: Quinta Época
Materia(s): Común
Instancia: Tercera Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 08/04/1935 00:00
PERSONALIDAD EN EL AMPARO.

Si a pesar del requerimiento que el Juez de Distrito haga a quien promueve un amparo por otra persona, para que acredite estar facultado para ello, no se comprueba la personalidad, la demanda debe ser desechada.

Amparo civil. Revisión del auto que desechó la demanda 5757/34. Portillo Luis G., sucesión de. 8 de abril de 1935. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Luis Bazdresch no intervino en la resolución de este asunto, por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.