Si el demandado cambia de domicilio y omite denunciar tal hecho al Juez de los autos, las notificaciones que se le hagan en el lugar que al principio designó, son válidas, aunque, por otro conducto, sepa el tribunal que el demandado ha cambiado de domicilio; tanto más, si legalmente consta que el reo estuvo al tanto del curso del juicio y no promovió la nulidad de actuaciones, por la ilegalidad de las notificaciones.
Recurso de súplica 252/33. Alvarez Amada y coagraviado. 11 de abril de 1935. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.