Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 359926
Época: Quinta Época
Materia(s): Civil
Instancia: Tercera Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 17/04/1935 00:00
POSESION PARA LOS EFECTOS DEL AMPARO.

Si un tercero extraño acredita que en determinada fecha se le dio la posesión judicial de determinados bienes, y no hay pruebas de que la situación jurídica haya cambiado en la fecha en que se pretende dar posesión a otra persona, es al tercero perjudicado en el amparo, a quien corresponde demostrar que en el lapso transcurrido, ha perdido el quejoso dicha posesión, y no a éste justificar la persistencia de la misma.

Amparo civil en revisión 952/29. Alonso Muñiz Valentín. 17 de abril de 1935. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.