Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 359973
Época: Quinta Época
Materia(s): Civil
Instancia: Tercera Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 29/04/1935 00:00
NULIDAD DE LAS OBLIGACIONES.

Toda la teoría está, en general, de acuerdo en que las nulidades son de estricto derecho y por consiguiente, no debe sancionarse con ellas un acto o contrato, sino en los casos previstos por la ley. El nuevo Código Civil, en su exposición de motivos dice: "tratándose de la nulidad de las obligaciones, se establece una doctrina más clara y fundada". Como principio básico, se sostiene, que sólo la ley puede establecer nulidades.

Amparo civil directo 3950/33. García Gómez Esteban, sucesión de. 29 de abril de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Excusa: Sabino M. Olea. La publicación no menciona el nombre del ponente.