Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 817035
Época: Quinta Época
Materia(s): Laboral
Instancia: Segunda Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 05/11/1934 00:00
LOS OBREROS QUE NO FORMEN PARTE DEL SINDICATO MAYORITARIO CONTRATANTE, NO PUEDEN SER SEPARADOS DE SU TRABAJO SI YA PRESTABAN SUS SERVICIOS EN EL MOMENTO DE CELEBRARSE EL CONTRATO.

El hecho de que una agrupación sindical tenga mayoría dentro de una empresa, le confiere el derecho de celebrar el contrato colectivo, pero no el de separar de su trabajo a los obreros que no formen parte del sindicato contratante y que ya presten sus servicios en la empresa en el momento de celebrarse el contrato.

Amparo 1049/32. Serres y Baz, Liquidación Judicial del. 5 de noviembre de 1934. La publicación no menciona el sentido de la votación ni el nombre del ponente.