Carece de competencia constitucional para desechar reclamaciones por daños y perjuicios causados por las fuerzas del "Gobierno de la Soberanía" del Estado de Oaxaca.
Amparo 2816/31. Villasante Tereso. 23 de abril de 1937. La publicación no menciona el sentido de la votación ni el nombre del ponente.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca, Tomo LII, página 925, tesis de rubro: "REVOLUCION, COMPETENCIA EN CASO DE DAÑOS CAUSADOS POR LA."