El auto que da por perdido el derecho del quejoso, para continuar el recurso de apelación interpuesto en un juicio, puede ocasionar perjuicios irreparables en su ejecución, privando al quejoso de defensa, al dar por terminado en definitiva el asunto; razón por la que debe admitirse y tramitarse la demanda de amparo que contra dicho acto se interponga.
Amparo en revisión 1446/33. Buendía Eulogio. 2 de mayo de 1933. La publicación no menciona el sentido de la votación ni el nombre del ponente.