Suprema Corte de Justicia de la Nación
Resultado 11 de 11
Mostrando solo tesis del 20/02/1933
Tesis
Registro digital: 817745
Época: Quinta Época
Materia(s): Civil
Instancia: Tercera Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 20/02/1933 00:00
SUPLICA, PROCEDENCIA DEL RECURSO DE.

La jurisprudencia invariable establecida por esta Suprema Corte, tratándose de este recurso, es la de que sólo procede la súplica en contra de las sentencias definitivas de segunda instancia que se dicten, tratándose de aplicación de leyes federales, cuando las mismas leyes establecen la existencia de una jurisdicción concurrente entre los tribunales del orden común y los de la Federación, que hace nacer la imperiosa necesidad de que un tribunal superior intervenga, a efecto de unificar la jurisprudencia en todo el país, evitándose, de esa manera, la disímbola interpretación que pudieran dar a las disposiciones legales las diferentes autoridades encargadas de aplicarlas.


Súplica 230/32. Agente del Ministerio Público Federal adscrito al Tribunal del Tercer Circuito. 9 de enero de 1933. La publicación no menciona el sentido de la votación ni el nombre del ponente.


Súplica 262/32. Agente del Ministerio Público Federal adscrito al Tribunal del Sexto Circuito. 20 de febrero de 1933. La publicación no menciona el sentido de la votación ni el nombre del ponente.


Véase: Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca, Tomo XXII, página 483, tesis de rubro "SUPLICA.".